¿Cómo se pagará el Bono para Servicio Doméstico?

 

 

 

El pasado 8 de octubre se llevaron adelante las reuniones con el sector a fin de incluir en el cobro del Bono anunciado para el sector privado al "Servicio Doméstico", cuya legislación se encuentra apartada de la Ley de Contrato de Trabajo.

 

El 11 de octubre se publicó en el Boletín Oficial mediante la Resolución 4/2019 del Ministerio de Producción y Trabajo, Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares, el modo en que se cobrará, y considerando que su publicación fue posterior el cobro de haberes, cuyo régimen lo establece para los días 10 de cada mes, es que se dejó la opción de abonarlo en el transcurso del mes de octubre y de diciembre. Se dejó en claro que este monto no podrá considerarse como pago a cuenta de futuros aumentos.

 

Asimismo, el monto a abonar a los trabajadores varía según las escalas acorde a la cantidad de horas semanales trabajadas, tal como se establece para el pago de aportes. A continuación lo detallamos:

 

  • $3.000 para quienes trabajen más de 16 hs. semanales; pagadero en dos cuotas de $1.500, durante el mes de octubre y diciembre de 2019.
  • $1.500 para quienes trabajen entre 12 y 16 hs. semanales; pagadero en dos cuotas de $750, durante el mes de octubre y diciembre de 2019.
  • $1.000 para quienes trabajen hasta 12 hs. semanales; pagadero en dos cuotas de $500, durante el mes de octubre y diciembre de 2019.

 

  

 

Si bien hasta ahora teníamos vigente el "Plan de Pagos Permanente" el cual implica que está disponible siempre, independientemente de los planes que fueron surgiendo para cancelar deudas específicas, la novedad es que a partir del 1° de Octubre por medio de la Resolución Genera 4590, podemos incluir deudas generadas por:

  • Intereses resarcitorios, capitalizables y punitorios,
  • Anticipos,
  • Pagos a cuenta,
  • Retenciones y Percepciones impositivas.

Algunas de las características a destacar son:

  • El plan tiene un máximo de 12 cuotas
  • La una tasa de financiación es del 3% para Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.
  • Para el resto de los contribuyentes, será la tasa del Banco Nación más el 4%.

El pasado miércoles 2 de octubre la AFIP mediante la Resolución General 4600/2019 suspendió hasta el 29/02/2020 las exclusiones sistémicas de oficio que realizaba mes a mes, previsto en los artículo 53 a 55 de la Resolución General 4309 y su modificatoria, excluyendo del Régimen Simplificado a quién, por excederse en el monto límite de facturación, pasaba al Régimen General,  quedando como inscripto en el I.V.A. (Impuesto al Valor Agregado) y Ganancias.

 

Esta medida trae un gran alivio para los contribuyentes Monotributistas, dado que como consecuencia de la variación en los precios aumentan los montos facturados, y no por tratarse de un aumento genuino en el nivel de ventas. 

 

El plazo otorgado por AFIP considera que en Enero se publican los nuevos valores y topes de facturación ajustados, tal como señala la Ley 27.346 la cual indica que las categorías deberán actualizarse una vez al año.

 

 

El 25/09/2019 se aprobó por el decreto 665/2019 otorgar a los trabajadores del sector privado un Bono de $5.000, a abonarse a partir del mes de octubre, de acuerdo al convenio colectivo, podrá optarse por realizar el pago en hasta 5 cuotas de $1.000.

 

Coordina con tu contador la forma de pago que ya comienzan las liquidaciones de sueldos!

 

A partir del 15 de septiembre se actualizaron los montos de Autónomos, tené en cuenta que al abonarse a mes vencido, el cambio en el importe a abona lo verás reflejado en el mes de Octubre. 

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