Créditos a Tasa "0"

A partir del día de hoy se han puesto en marcha los “Créditos a Tasa 0” tan esperados por los emprendedores en este contexto. Por medio de AFIP, una vez adherido el servicio, gestionarás la calificación y aprobado el monto tenes que saber que ese dinero lo acreditaran en la tarjeta de crédito que informes. Es importante destacar que NO TE DEPOSITAN DINERO EN TU CUENTA, por tanto, no tenes libre disponibilidad del dinero, sino que está pensado para que puedas destinarlo al consumo; y no como inversión de tu proceso productivo o para afrontar los gastos de tu negocio.

El desembolso, lo harán en 3 cuotas, tendrás 6 meses de gracia donde no realizarás ningún desembolso y luego comenzarás a devolver en 12 cuotas sin interés el dinero que hayas obtenido.

A continuación, les dejo la info provista por AFIP con todos los detalles.

 

 

Servicio Web

 

A partir de hoy ya está creado servicio web “Créditos a tasa cero” al que podrán acceder los monotributistas y trabajadores autónomos con su CUIT y clave fiscal con nivel de seguridad 2, como mínimo.

El servicio se encontrará habilitado entre los días 4 y 29 de mayo de 2020, ambos inclusive para poder gestionar el beneficio.

 

Requisitos

 

Será requisito poseer Domicilio Fiscal Electrónico constituido. También estar considerado en una o varias de las siguientes situaciones establecidas en el Decreto Nº 332/20 y sus modificatorios, a saber:

 

  • Actividades económicas afectadas en forma crítica en las zonas geográficas donde se desarrollan.
  • Cantidad relevante de trabajadores y trabajadoras contagiadas por el COVID 19 o en aislamiento obligatorio o con dispensa laboral por estar en grupo de riesgo u obligaciones de cuidado familiar relacionadas al COVID 19.
  • Sustancial reducción en su facturación con posterioridad al 12 de marzo de 2020.

Monotributistas y autónomos

 

  •  Estar inscriptos en el régimen de trabajadores autónomos o en el monotributo, en este último caso en las categorías comprendidas entre la A y la K, ambas inclusive.
  •  No prestar servicios al sector público nacional, provincial o municipal, no pudiendo solicitar el beneficio cuando por lo menos el 70% de su facturación en el período comprendido entre el 12 de marzo y el 12 de abril de 2020 fue emitida a favor de jurisdicciones o entidades que integren dicho sector.
  • No percibir ingresos de trabajos en relación en dependencia o provenientes de una jubilación.
  • El monto de la facturación electrónica del período comprendido entre el 12 de marzo y el 12 de abril de 2020 haya caído por debajo del promedio mensual del ingreso bruto mínimo de la categoría en la que se encuentre registrado. Los trabajadores autónomos tomarán el período comprendido entre el 20 de marzo y el 19 de abril de 2019, respecto del mismo período de 2020.
  •  En los casos en que la facturación electrónica no se encuentre disponible las compras no deberían ser superiores al 80% del promedio mensual del límite inferior de la categoría en que se encuentre registrado.
  • No serán elegibles los ciudadanos adheridos con situación crediticia 3, 4, 5 o 6. En caso de varias situaciones crediticias informadas, se considerará la correspondiente al monto de deuda más alto.

Los beneficiarios de este financiamiento no deberían acceder al mercado único y libre de cambios para la formación de activos externos ni adquirir títulos valores en pesos para su posterior e inmediata venta en moneda extranjera o transferencia en custodia al exterior hasta la cancelación total del crédito.

 

Exclusivo para Trabajadores Autónomos

 

  •  No encontrarse adherido al Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes.
  • No ser integrante de directorio de sociedades comerciales.

Información a suministrar

 

 Al ingresar al servicio, el sistema te indicará los montos mínimo y máximo del crédito susceptible de ser otorgado. A continuación, deberás colocar los siguientes datos:

 

  1. Importe del crédito que solicita.
  2. Número de la tarjeta de crédito bancaria a ser utilizada para esta operatoria.
  3. En caso de no poseer tarjeta de crédito bancaria, informar la entidad bancaria de su elección para la tramitación del crédito correspondiente.

Crédito otorgado

 

Efectuado el otorgamiento del crédito por parte de la entidad bancaria, ésta adicionará, a cada una de las cuotas, el monto equivalente a las obligaciones de tres períodos fiscales consecutivos que te corresponderían pagar. La entidad bancaria realizará, en el mismo momento del desembolso de la cuota del crédito, el pago del “Volante Electrónico de Pago” correspondiente a cada uno de los períodos fiscales, en representación tuya.

 

Quienes estén adheridos al débito automático deberán solicitar un “stop debit” por los períodos fiscales que se cancelen con esta modalidad.

 

No obstante, tendrán derecho a acceder a los beneficios del reintegro de un importe equivalente al impuesto integrado mensual tanto para monotributistas como trabajadores autónomos.

 

Cualquier duda, nos consultas!

 

 

 

Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) para trabajadores no registrados y monotributistas:

 

  • Se otorgarán por única vez en abril $ 10.000 para trabajadores de 18 a 65 años que no perciban pensiones ni subsidios de ningún tipo y que no tengan otro ingreso. Podría repetirse en mayo si el aislamiento continúa.
  • Podrán anotarse para percibirlo los trabajadores no formales y los monotributistas de categorías A y B; así como también el personal de casas particulares Se analizará la totalidad del grupo familiar, para definir su asignación.
  • La inscripción será muy fácil a través de la Web de ANSES, que en los primeros días de abril pondrá a disposición el formulario para solicitarlo.
  • Si tienen cuenta bancaria a su nombre, se podrán cargar los datos para la transferencia. Si no, se les indicará dónde y cuándo percibirán el haber.
  • Es totalmente compatible con la AUH y AUE, de manera que pueden gestionarlo sin ningún inconveniente.

Beneficiarios de AUH y Embarazo, y Jubilados/as y pensionados/as:

 

  • Bono extraordinario para perceptores de AUH/AUE: En abril se pagará por única vez un bono extraordinario de hasta $3.000 por cada hijo o hija.
  • Bono extraordinario para jubilados y pensionados: para aquellos que cobren un sólo haber, hasta alcanzar los $18.892 incluido el bono.
  • Condonación de cuota para créditos ANSES: Durante los meses de abril y mayo quienes hayan solicitado un Crédito ANSES no pagarán la cuota, del mismo modo que sucedió en los meses de enero, febrero y marzo.

Trabajadores formales en situación crítica

 

  • Programa de RECUPERACION PRODUCTIVA (REPRO): El objetivo es sostener el ingreso de las y los trabajadores de los sectores productivos afectados por la emergencia. Mediante el REPRO, el Estado nacional se hace cargo de complementar una parte del salario mensual de las y los trabajadores de empresas cuyos ingresos por ventas se ven disminuidos. De esta manera se protege el empleo formal de los sectores de la economía, atendiendo a cuidar el ingreso de las y los trabajadores y, al mismo tiempo, alivianando el costo operativo de las empresas que en el marco de la crisis podrían sufrir caídas significativas en sus niveles de rentabilidad.
  • Seguro de Desempleo: El Seguro de Desempleo brinda a los trabajadores asalariados registrados despedidos sin justa causa un pago mensual, asignaciones familiares y cobertura médica mientras dure la situación de desempleo.
  • Eximición del pago de las Contribuciones Patronales a la seguridad social: Se prevé una reducción de las contribuciones para los sectores que han tenido una interrupción total o han sido afectados severamente por la emergencia sanitaria.
  • Suspensiones por fuerza mayor: Este mecanismo permite preservar la relación laboral durante la crisis y que los trabajadores perciban una asignación no remunerativa de un porcentaje determinado del salario de bolsillo.

Infraestructura, educación, turismo y vivienda

 

  • Se aumenta 40% la partida presupuestaria para gastos de capital destinando $100.000 millones a obras de infraestructura, educación y turismo.
  • El Ministerio de Vivienda relanza el Plan Procrear para impulsar el sector de la construcción y hacer posible la compra o refacción de hogares.

Precios

 

  • Se establecen precios máximos por 30 días (prorrogables) para un conjunto de productos alimenticios, de higiene personal, medicamentos e implementos médicos. Esos precios máximos se establecieron el 6 de marzo.
  • Los consumidores pueden conocer cuánto pagar por cada producto a través de un listado que estará disponible en los próximos días en la página web de Precios Claros (www.preciosclaros.gob.ar). Podrán denunciar incumplimientos en Defensa del Consumidor: 0800-666-1518, por correo electrónico a consultas@consumidor.gob.ar o por Twitter @DNDConsumidor
  • Se incrementan las tareas de inspección con la incorporación de verificadores de diferentes dependencias públicas y a través de convenios con los municipios.
  • Se solicita a las industrias productoras de alimentos, artículos de higiene personal, medicamentos, insumos, equipamiento e implementos médicos que aumenten su producción para afrontar el crecimiento de la demanda.

Créditos para garantizar la producción

 

  • Se lanzan una serie de líneas de créditos blandos por unos $350.000 millones para garantizar la producción y el abastecimiento de alimentos e insumos básicos, impulsar la actividad y financiar el funcionamiento de la economía en esta coyuntura: una línea por $320.000 millones que permitirá proveer capital de trabajo a las empresas a tasas preferenciales por un plazo de 180 días con tasa de interés será 26% anual; $25.000 millones en créditos del Banco de la Nación Argentina a tasa diferencial para productores de alimentos, higiene personal y limpieza y productores de insumos médicos; $8.000 millones en financiamiento para la producción de equipamiento tecnológico para garantizar la modalidad de teletrabajo y $2.800 millones para el financiamiento de infraestructura en los parques industriales, con recursos del Ministerio de Desarrollo Productivo.
  • Se renueva el programa Ahora 12 por un plazo de seis meses. Expansión hacia compra on-line de productos nacionales, con énfasis en PYMES.

Medidas Comex

 

  • Se requerirá autorización previa para la exportación de insumos y equipamiento médico que el país necesita para afrontar la pandemia.

Producción de Insumos Médicos

 

  • Programa de desarrollo y crecimiento de equipamiento médico, kits, insumos, juntos al CONICET, MinCYT, MDP, MECON y Ministerio de Salud para estimular la innovación y el crecimiento de la producción.
  • Se acelerar el pago a reintegros a la exportación para las firmas industriales.

 

El 4 de enero de 2020 se aprobó mediante el decreto 14/2020 otorga un aumento salarial a los trabajadores del sector privado de $4.000, a abonarse con el sueldo de enero $3.000 y en febrero $1.000. Es de características "Remunerativo" y será absorbido por los futuros aumentos acordado por paritarias futuras. Figurará en el recibo de sueldo como "incremento solidario". No se tiene en cuenta para adicionales. Está alcanzado por el Impuesto a las ganancias.

 

Los trabajadores realizarán los aportes habituales, mientras que las MiPyMES y las entidades civiles sin fines de lucro no ingresarán las contribuciones patronales al SIPA por 3 meses. Si se abonará la ART. Están incluidos los trabajadores fuera de convenio y proporcionales en casos de jornada parcial.

 

A partir del 15 de septiembre se actualizaron los montos de Autónomos, tené en cuenta que al abonarse a mes vencido, el cambio en el importe a abona lo verás reflejado en el mes de Octubre. 

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